El diputado nacional Juan Fernando Brügge presentó un proyecto de ley que busca establecer un régimen integral de protección para niñas, niños y adolescentes frente a los riesgos asociados al uso de plataformas digitales, redes sociales, videojuegos y servicios de streaming.
La iniciativa propone crear un marco regulatorio de alcance nacional destinado a limitar prácticas tecnológicas diseñadas para captar la atención de los usuarios menores de edad de manera intensiva, reducir la exposición a mecanismos potencialmente adictivos y reforzar la protección de los datos personales.
Entre los principales puntos del proyecto se encuentra la prohibición del uso de sistemas de recomendación personalizados orientados a prolongar el tiempo de permanencia de menores en las plataformas. Asimismo, se establecen restricciones a la recopilación de información personal, la elaboración de perfiles conductuales, la utilización de diseños manipulativos para influir en el comportamiento de los usuarios, la geolocalización precisa y la obtención de datos biométricos.
Uno de los aspectos más innovadores de la propuesta es la obligación para las empresas tecnológicas de incorporar por defecto configuraciones reforzadas de protección infantil. Entre ellas figuran el bloqueo automático de notificaciones durante la madrugada, la desactivación de reproducciones automáticas y la implementación de alertas periódicas que informen sobre el tiempo de uso de cada aplicación o servicio digital.
Además, las plataformas deberán desarrollar mecanismos para detectar indicadores compatibles con conductas de uso compulsivo en usuarios menores de edad. En esos casos, se prevé la aplicación de medidas progresivas de intervención que podrán incluir advertencias, limitaciones temporales e incluso restricciones de acceso cuando existan situaciones de riesgo, siempre bajo supervisión humana.
La iniciativa también incorpora la obligación de realizar evaluaciones de impacto sobre protección de datos antes de lanzar o modificar productos digitales dirigidos a menores. En el caso de empresas extranjeras que operen en el país, deberán designar un representante legal en Argentina responsable del cumplimiento de la normativa.
En materia de control, el proyecto asigna facultades a la Agencia de Acceso a la Información Pública, organismo que podrá realizar auditorías, aplicar sanciones económicas y disponer suspensiones temporales de operaciones ante incumplimientos considerados graves.
Asimismo, propone modificaciones al Código Penal para incorporar penas vinculadas a la elaboración o comercialización no autorizada de perfiles digitales de menores y fortalece el rol del Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el monitoreo de la futura legislación.
Al fundamentar la iniciativa, Brügge sostuvo que el crecimiento acelerado de las redes sociales y otros servicios digitales transformó profundamente los hábitos de consumo de niños y adolescentes, generando nuevas formas de exposición a herramientas diseñadas para maximizar la atención y el tiempo de permanencia en línea.
El legislador tomó como referencia experiencias regulatorias internacionales como el Children’s Code del Reino Unido, el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea y diversas normativas impulsadas en estados de Estados Unidos.
“La protección de la integridad psicofísica de los niños, niñas y adolescentes en su relación con el entorno digital debe ser una prioridad de todo gobierno. Pero además se debe profundizar la educación para un acceso responsable a los entornos digitales, una tarea que involucra a toda la comunidad”, señaló.
De avanzar en el Congreso, la iniciativa podría convertirse en uno de los proyectos más ambiciosos en materia de protección infantil en el ámbito digital y abrir un nuevo debate sobre los límites de las plataformas tecnológicas y su responsabilidad frente a los usuarios más jóvenes.



